Este jueves 13 de julio, la Corte de Constitucionalidad (CC) otorgó un amparo provisional al partido Semilla, con lo cual dejó en suspenso la resolución del titular del Juzgado Séptimo, Fredy Orellana, contra la agrupación política, sin embargo, la magistrada Dina Ochoa emitió su voto razonado disidente, en el que defendió la decisión del togado.
Según menciona el documento al que La Hora tuvo acceso, Ochoa aseguró que la resolución del juez, “carece de efecto positivo en cuanto a suspender el proceso electoral en la fase en que se encuentra, así como sus efectos posteriores”.
A su vez, la magistrada consideró que los demás miembros de la alta Corte no tuvieron a la vista la resolución del juzgado, ya que no forma parte de los antecedentes del amparo, y que las afirmaciones de Semilla fueron basadas en publicaciones de redes sociales.
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En cuanto a la vulneración del artículo 92 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), sobre la suspensión de partidos después de la convocatoria a elecciones, Ochoa argumentó que esta prohibición limita el actuar de un juez.
“Que, en el ejercicio de sus función jurisdiccional, puede emitir determinadas sanciones que resulten congruentes con las solicitudes de las partes de un proceso penal”, agrega Ochoa en la resolución.
De esta cuenta, aduce que es inviable que se haga ineficaz una orden judicial por un juez competente, y que incluso la resolución de la alta Corte viola la garantía de la independencia judicial.
OCHOA DICE QUE AMPARO PONE EN RIESGO INVESTIGACIÓN
Bajo esta misma línea, Ochoa resalta que considera que no era pertinente conferir el amparo, anulando los efectos de una resolución judicial sin que antes se tuviera a la vista la totalidad del documento y de las actuaciones que le dieron origen.
“Ello, por razón de que, por certeza y seguridad jurídica era pertinente que se analizara la totalidad de las actuaciones judiciales que provocaron la emisión de la mencionada resolución, en congruencia con las solicitudes que pudieren haberse realizado oportunamente en sede judicial, relativas a la investigación llevada adelante por el MP”, añade.
En esta línea, la magistrada agrega que la resolución llega al “desmedro” de las facultades constitucionales al ente fiscal, ya que goza de independencia para el ejercicio de la persecución penal y la investigación de delitos.
A su vez, sostiene que la decisión del Tribunal Constitucional, pone en riesgo las eventuales investigaciones que puedan estarse efectuando en la sede del ente investigador, para la averiguación de la verdad, y que pese a que la resolución indica que es sin perjuicio de las facultades de persecución del MP, el amparo sí tiende a demeritar las acciones que el ente fiscal pudo haber iniciado.
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SEÑALA QUE PELIGRO NO ERA INMINENTE
Asimismo, Semilla aseguró que la resolución de Orellana constituía un peligro para el partido, pero que este no era “inminente”, ya que el TSE dio a conocer que oficializó los resultados de la segunda vuelta electoral, y que esa agrupación y la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) competirán en esta fase del proceso.
En la resolución, Ochoa agrega: “Mi postura, en ese sentido, es que habiendo validado la elección y la segunda elección presidencial, no existe el “peligro” aludido por el ente amparista (Semilla) y, por tanto, el TSE ha asegurado el proceso democrático del país”.
Además, concreta que para salvar su responsabilidad emitió el voto razonado disidente.
CC AMPARA A SEMILLA
La Corte de Constitucionalidad otorgó un amparo provisional a Semilla este jueves, luego que el juez Fredy Orellana suspendiera provisionalmente la personería jurídica al partido político, por solicitud de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), dirigida por Rafael Curruchiche, dentro de un caso por la supuesta falsificación de firmas.
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