¿Cómo registrarse? Los españoles y extranjeros con residencia legal en España, nacidos entre 1994 y 2006, pueden inscribirse en cualquier momento en el formulario de la página web del Ministerio para obtener el código personal e intransferible con el que comprar los billetes con descuentos a los operadores. El registro deberá realizarse al menos 24 horas antes de adquirir el primer billete.
Los jóvenes deberán utilizar certificados electrónicos cualificados, como el sistema Cl@ve, o introducir el nombre y apellidos (tal y como consta en el DNI o NIE), la fecha de nacimiento y el número del DNI, junto a la fecha de validez, o del NIE, junto al número de soporte del Registro de Ciudadano de la UE o de la Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) según corresponda, así como la nacionalidad y el municipio de residencia.
El código, compuesto por el número de DNI o el NIE y un conjunto de caracteres, se enviará al teléfono móvil o al correo electrónico facilitados en el caso de que el joven cumpla con todos los requisitos exigidos. El código es válido para todo el periodo y todos los medios de transporte incluidos.
DESCUENTOS Y CONDICIONES
Sobre los descuentos, las bonificaciones se aplicarán sobre el precio de los billetes sencillos o de ida y vuelta que tengan fecha para viajar entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2024.
De esta forma, las rebajas quedan así: descuento del 90% en los servicios de media distancia convencional y en red de ancho métrico; descuento del 50% en los títulos sencillos de Avant; descuento del 50%, con un máximo de 30 euros por billete, para servicios comerciales de larga distancia o alta velocidad de todos los operadores ferroviarios; descuento del 90% para servicios de autobús regular de competencia estatal; y descuento del 50% del Global Flexible de Interrail de 10 días en 2 meses, cuando se comercialice a través de Renfe. La rebaja se aplica sobre las tarifas oficiales de Interrail, con sus características de precio según edad, etc.
No formará parte del precio del billete con descuento a liquidar todos los cargos por cancelación o cambio, emisión, tasas, equipaje o cualquier otro aspecto accesorio al transporte. Así, si el usuario anula el viaje deberá asumir posibles cargos de cancelación.
Además, se han fijado una serie de condiciones para evitar el uso inadecuado de los billetes con descuento.
Por ejemplo, la utilización del Código de Registro por una persona distinta al beneficiario registrado se sancionará directamente. Así, se considerará que la persona que pretende viajar no dispone de un billete válido y se podrán imponer multas de hasta 750 euros en el caso de transporte ferroviario y de hasta 200 euros en el de autobús. No en vano, dicho Código es personal e intransferible.
Por su parte, el Ministerio podrá proceder a la retirada del Código de Registro a las personas beneficiarias que acumulen más de seis usos indebidos detectados, ya sea en el transporte por ferrocarril o por carretera.
Previamente, la empresa advertirá de cada utilización indebida por mensaje sms al teléfono móvil o al correo electrónico registrado y de las posibles consecuencias de su actuación.
Se considera uso indebido los siguientes casos: no cancelar un viaje formalizado y no realizado con una antelación mínima de 24 horas. La empresa podrá reducir este plazo de acuerdo con sus prácticas habituales de comercialización y venta. En el caso de las líneas de autobús estatales, la empresa concesionaria podrá reducir este plazo de 24 horas en trayectos de corta duración en los que la mayoría de los desplazamientos respondan a una movilidad obligada. Así, no se considerará uso indebido el cambio de billete en este tipo de trayectos.
También, vulnerar la condición establecida de que el código es personal e intransferible. Y se impedirá la reserva en la misma empresa ferroviaria o de autobús de más de un viaje de ida y vuelta por día para un mismo origen-destino, salvo que previamente se haya efectuado el viaje o procedido a su cancelación.