Así, las empresas han reconocido la existencia de una reunión en la que ambas sociedades alcanzaron un acuerdo que sería la base de las relaciones entre ellas hasta el año 2021. El acuerdo buscaba que ninguna interfiriera en la captación de clientes de la otra empresa y evitar la competencia en precios en la comercialización de los productos Amadeus y Sabi y posteriormente Orbis.
En este sentido, el reparto de clientes se articuló a través de diversas estrategias, y se produjo un intercambio periódico entre las empresas de las listas de clientes y prospectos para evitar interferir en los clientes y negociaciones de la otra, así como la contratación vinculada de los tres productos como parte del pacto de no agresión.
Las empresas han reconocido la fijación de precios directos y de descuentos máximos entre ellas. La CNMC ha recabado pruebas sobre acuerdos para igualar precios con el objetivo de que el cliente no tuviera que escoger entre ambas empresas en base a ese parámetro.
Este tipo de acuerdos están prohibidos en el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y constituyen una infracción muy grave constitutiva de cártel con sanciones de hasta un 10% del volumen de negocios de las empresas.
Por su parte, ambas empresas se han acogido al programa de clemencia, tras lo que BvD ha quedado exenta del pago de la multa que le hubiese correspondido por haber sido la primera empresa en presentar dicha la solicitud.
En cuanto a Informa, esta se ha beneficiado de una reducción del 30% del importe de la sanción que le hubiese correspondido, por lo que finalmente asciende a un total de 3.558.135 euros.
Por último, la CNMC ha considerado que ambas empresas, en su condición de solicitantes de clemencia, cumplen los requisitos para quedar excluidas de la prohibición de contratar, prevista inicialmente en el artículo.